top of page
Valeria España*

Urgencias en tres actos*


Ilustración: "Circus Máximus" de Verónica Panella.



PRIMER ACTO . La ley de urgente consideración como síntesis de la época mórbida que la vio nacer.


Era abril del distópico 2020, encapsuladas y expectantes muchas de nosotras seguimos las 8 horas y 6 minutos de discusión sobre el ingreso o no del proyecto de la LUC. La performance parlamentaria terminó con la intervención de Penadés y su amenazante “que nadie se crea que acá se puede venir a construir el relato que se quiere y que nosotros nos quedemos callados (...) quieren colocarnos en el borde de la constitucionalidad, de la legalidad, en el marco del autoritarismo (....) Así que mucho cuidado de venirnos a decir a nosotros que venimos a avasallar”.


Y fue así, que traspasando los límites constitucionales establecidos en el inciso 7 del artículo 168 constitucional, abusando del poder conferido y de la separación de poderes, se dió ingreso parlamentario al proyecto de declaratoria de urgente consideración y se creó una comisión especial para su tratamiento.


La ebullición social ante tal espectáculo antidemocrático no tardó en expandirse a través de diversos medios, por redes y en las calles, siendo la primera concentración contra la LUC el 14 de Mayo convocada por diversos colectivos, entre ellos Colectivos contra la Represión, más adelante se sumaron otras organizaciones, el 4 de junio el PIT-CNT convocó a un paro general parcial bajo el lema #lourgenteeslagente; la Intersocial, como espacio de “articulación estratégica en el campo popular”, volvió a constituirse en junio, presentando la plataforma junto con 12 puntos programáticos orientados a proponer acciones necesarias a adoptar con el objetivo de paliar los efectos de la crisis sanitaria.


Conviviendo con las diversas expresiones de rechazo hacia la LUC, se celebraron las instancias de recepción de las delegaciones en la Comisión Especial, allí deambularon, entre tapabocas, alcohol en gel y termómetros, decenas de organizaciones, sindicatos, colectivos e instituciones académicas, para exponer las afectaciones y regresiones que suponía dicho proyecto legislativo.


La recepción de delegaciones, la modificación de algunos artículos del texto original y la votación en consenso entre la coalición y el Frente Amplio de algunos artículos ha sido utilizado desde el oficialismo como argumentos posibles para justificar el procedimiento y maquillar de democrática la imposición de este marco legislativo lesivo, en su forma y contenido, de derechos fundamentales.


Finalmente el 9 de junio, a puerta cerrada, fue promulgada la ley. Por si faltaba una fuerte representación gráfica de aquel momento: en las barras estaba Luis y su gente, cuál foro romano viendo a los leones desfilar.


SEGUNDO ACTO . ¿Por qué resistir una ley de urgente consideración como la ley 19.889?


El campo de resistencia contra la LUC se ha ido profundizando y alimentando en sus diferentes etapas, desde distintas plataformas y diversos énfasis tensionando profundamente, las de por sí existentes fisuras dentro del campo popular.


En un momento las definiciones estratégicas en torno al alcance de un posible referéndum contra la LUC convergieron en el ámbito de la Intersocial; sin duda la posibilidad de llegar a un acuerdo, constituía una innegable oportunidad para fortalecer los vínculos, para apostar, más allá de las diferencias, a la unidad estratégica. Ante la flagrante transgresión de límites y controles institucionales ¿era posible renunciar a ciertas posiciones particularistas a fin de priorizar la acumulación de fuerzas? ¿era posible separar los intereses de un determinado sector de la izquierda política y de la izaquierda social?


Hoy sabemos la respuesta. Los caminos se bifurcaron.


La existencia de dos campañas distintas sintetiza heridas y fracturas expuestas dentro del campo popular -acumuladas en el tiempo (15 años de progresismo mediante), - y muestra, en parte, las tensiones que genera al interior de los movimientos “el deterioro de cierta forma de hacer política” una tendencia no exclusiva de Uruguay, que Rita Segato ha mencionado como una crisis de “de la política masculina, en el sentido de una tradición masculina de cómo se hace la política”.


Estas tensiones se expresan en divorcios entre las militancias que resultan insubsanables cuando se hace explicito que no se tolera más la asimetría, la democracia dirigida ni la obediencia debida, Aún estamos lejos de la posibilidad de transformar las reglas del juego, ampliar los espectros de articulación, de un hacer y construir “política de lo común”, desde nuevos paradigmas, liderazgos y formas de articulación.


No vamos a mirar para otro lado, la fractura nos atraviesa de formas diversas.

Sin embargo estoy convencida que lo que nos queda hoy, más allá del resultado, es acompañar las diversas propuestas de resistencias (un primer paso es no sabotearlas) y multiplicar las estrategias de impugnación contra la LUC.

¿Es la justicia otro espacio posible de impugnación?


¿Es viable y políticamente relevante la presentación de una acción de inconstitucionalidad?


Los procedimientos constitucionales y democráticos ¿son asuntos de la comunidad?


¿Cómo hacer entendibles los riesgos que supone el avasallamiento de normas de interés público cuyo móvil fue encaminar normativamente el proyecto político de una frágil Coalición?


TERCER ACTO. Que los últimos no paguen la LUC, pero, ¿quien enciende la llama?

Pareciera que existen suficientes argumentos para alimentar la resistencia a una ley de estas características, sin embargo, entre quienes no están en los núcleos duros de las militancias, existe una profunda dificultad para comprender el carácter pernicioso de esta ley, la magnitud de sus implicaciones y el matiz de las modificaciones de redacción de algunos artículos que ya existían y que fueron reformulados agravando sus postulados, que ya de por sí, eran lesivos de derechos humanos, como por ejemplo lo relativo a la Ley de Faltas y la criminalización de la ocupación del espacio público o el decreto-ley en materia de arrendamientos.

¿Cómo podemos desentrañar una norma que trata más de 50 materias distintas ¿cómo retomamos el hilo de la batalla discursiva en los términos que supusieron las campañas del NO a la Baja en 2014 y el NO a la Reforma en 2019?


Más allá de la multiplicación de argumentaciones dirigidas a explicar artículo por artículo y las explicaciones temáticas, resulta fundamental no perder de vista que, juntar firmas contra la LUC no es exclusivamente una oposición o un rechazo a un modelo impuesto con forma de abultada ley, sino un ejercicio colectivo de defensa de nuestra comunidad política y su constitución. Entintar nuestros dedos por la democracia constitucional constituye una apuesta colectiva por preservar nuestra voz como ciudadanos y ciudadanas de esta comunidad.


Por otro lado, tampoco resulta deseable limitar la energía de nuestra resistencia en esta apuesta.


Más allá del “NO a la LUC”, ¿cuáles son nuestras demandas concretas?

¿Cuáles son las propuestas políticas que nos unen?


Más allá de múltiples estrategias reactivas contra los poderes conservadores

¿cómo vamos a atender las emergencias que atravesamos?

¿Dónde están las propuestas transformadoras que proponemos?

¿cómo disputamos las maquinarias represivas, concentradoras, que criminalizan la pobreza y mercantilizan los derechos?

¿Que nos debilita?¿que nos enciende?


El campo popular no es un cuerpo único pero ¿hay posibilidades para el encuentro?


Después del referéndum, ¿Cómo seguimos?




*Valeria España. Abogada por la Universidad Nacional Autónoma de México. Es Socia Fundadora del Centro de Promoción y Defensa de Derechos Humanos.

Comments


bottom of page