
Imagen de tapa del libro Ni muertes ni palizas, las mujeres se organizan
El último registro del año 2020 del Ministerio del Interior estableció que cada 9 días se mató o se intentó matar a una mujer por razones asociadas a la violencia de género. En el 75% de los casos no había denuncias previas por violencia doméstica y 2 de cada 3 femicidas no tenía antecedentes. El femicidio es la máxima expresión de lo que Rita Segato denominó ‘pedagogía de la crueldad’.[1] La crueldad está al servicio de la destrucción del cuerpo femenino, como forma de destruir los lazos de confianza de la comunidad. De esta manera, la violencia permea el espacio doméstico y se transforma en un mandato de masculinidad hegemónica para reproducir el género en tanto diferencial jerárquico. Así, la violencia doméstica es el resultado de la demostración de la capacidad de dominación masculina cuyo objetivo es ejercer control y dominio para aumentar el poder del varón en la relación y/o para (re)legitimarse frente a sus pares. “Ni muertes ni palizas, las mujeres se organizan” tiene como objetivo reconstruir el proceso sociopolítico de construcción de la violencia doméstica como un problema político objeto de políticas públicas en el Uruguay posdictadura. Para ello, la estrategia escogida fue sopesar la incidencia del Estado Uruguayo, del movimiento de mujeres y feministas del Uruguay y los convenios internacionales en la aprobación de la Ley 16.707, que introdujo el delito de violencia doméstica en el Código Penal.Porque antes de ello, si una mujer reunía el valor para denunciar a su agresor lo debía hacer bajo la figura de ‘agresión con lesiones’, que era exactamente la misma figura penal con la que se podía denunciar una rapiña en la que la víctima resultara herida.
¿Por qué hablar de la construcción de la violencia doméstica como un problema político y público a la vez? Porque debemos recordar que desde los inicios del siglo XX las relaciones conyugales y familiares se sustentaban en una fuerte diferenciación jerárquica que les daba a los varones un gran poder sobre los cuerpos de las mujeres. En consecuencia, la violencia contra las mujeres era considerada una forma de disciplinamiento útil para ‘encarrilar’ a las mujeres. En tanto ocurría en el ámbito familiar, la privacidad de la familia resultaba la justificación ideal para la inacción del Estado. Incluso, en los casos más extremos en los que la violencia incurría en el delito de asesinato, los victimarios pasaban a ser las víctimas de sus propias pasiones y de su amor desenfrenado. De esta manera, y amparados por el discurso médico los matadores podían reclamar su inimputabilidad bajo la figura de ‘crímenes pasionales’.
La privatización de los actos de violencia contra las mujeres y la idea de igualdad entre los sexos se mantuvo hasta la década de 1980 atravesando toda la transición del régimen cívico-militar hacia la democracia. La politización de lo que tradicionalmente había sido considerado del ámbito privado se realizó a través del Grupo de Trabajo por la Condición de la Mujer, también conocido como la Concertación de las Mujeres, en el ámbito de la Concertación Nacional Programática en 1984.[2] Desde ese espacio las mujeres vehiculizaron sus reclamos a través del macro concepto ‘condición de la mujer’, encontrando múltiples resistencias en el ámbito político partidario. Estas resistencias se sustentaban entre otras cosas en que durante la transición hacia la democracia los cuestionamientos considerados con status político eran aquellos vinculados al orden económico y político de la época. En tanto sectores de la izquierda percibían la violencia hacia las mujeres como una manifestación de pautas de clase social, los sectores de la derecha tendían a conceptualizarla como una consecuencia del estado de situación de la cultura audiovisual. Como consecuencia de estas posiciones se minimiza y reduce el status político de los crímenes contra las mujeres.
Hacia finales de la década de 1980 el Movimiento de Mujeres y Feminista del Uruguay (MMFU) se embarcó en la reformulación del marco interpretativo relativo a la violencia hacia las mujeres, cuyo proceso de acumulación conceptual permitió que hacia 1988 se condensara en la categoría ‘violencia doméstica’. Desde el movimiento social la violencia doméstica fue entendida como un fenómeno estructural de orden público cuya manifestación era de orden privado. En consecuencia, cambian las fronteras de lo público y lo privado. En tal sentido, entendían que la solución del problema se hallaba en modificar las pautas culturales de relacionamiento de los sistemas sexo-genéricos.
Asimismo, la acción de los organismos internacionales, particularmente la ONU y la OEA, fue decisiva para legitimar los reclamos sostenidos por el MMFU relativos a la violencia doméstica. La necesidad de ratificar las declaraciones y convenios internacionales obligó al Estado y los gobiernos a reflexionar sobre los grados de responsabilidad que les competían respecto a las violaciones de los Derechos Humanos que se ejercían contra sus ciudadanas. A pesar de la inclusión en las demandas del MMFU desde mediados de la década de 1980, es gracias a la acción internacional que el tema cobra relevancia en la primera mitad de los años 90. Prueba de ello parecerían ser una serie de resortes de contención creados desde 1988 hasta 1995: Comisaría de la Mujer, Teléfono IMM-PLEMUU, Instituto de Rehabilitación para las Víctimas de Violencia Domestica y Sexual, Fiscalías Especializadas y finalmente la modificación del Código Penal y su tipificación como delito.
Finalmente, se tipificó la violencia doméstica como un delito en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana. Ello posicionó la tipificación del delito en el plano del orden criminal y no en de las desigualdades de género, descontextualizando y alejando política y analíticamente el mismo problema que reguló. Posiblemente eso explique por qué la redacción final del artículo que modificó el Código Penal se distanció significativamente de lo propuesto por el MMFU.
“‘Ni muertes ni palizas, las mujeres se organizan’. La construcción de la violencia doméstica como problema político-público (1984-1995)” fue editado por Doble Clic y se presentó el pasado viernes 12 de marzo en el Espacio Las Pioneras -en el marco de la semana de conmemoración del Día Internacional de las Mujeres- con aforo limitado dada la situación de emergencia sanitaria. El panel de presentación estuvo a cargo de los académicos Diego Sempol y Mariana González Guyer y la activista social y militante Andrea Tuana. Diego Sempol catalogó al libro como un “artefacto académico y político” que trata de reconstruir los procesos de desnaturalización de la violencia y que evidencia la potencia de la Historia Política desde el enfoque cultural. Mariana González lo calificó como un imprescindible para el estudio, difusión y consulta de los procesos vinculados a la violencia de género, que conjuga de manera amena lo conceptual con marcos teóricos complejos y un relato descriptivo. Andrea Tuana resaltó que el libro reconoce y resignifica la lucha de mujeres que comprometieron sus esfuerzos por darle visibilidad a una temática largamente ignorada y que sigue siendo difícil y dura de abordar.
* Lucía Verónica Martínez Hernández. Profesora de Historia del IPA, magister en Historia Política. Docente del Depto. de Historia Universal de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación.
Por consultas pueden comunicarse con su autora a través de luveromh@gmail.com
Notas
[1]Segato, Las estructuras elementales de la violencia. Ensayos sobre género entre la antropología, el psicoanálisis y los derechos humanos. [2]Tras marchas y contramarchas en el diálogo con los actores involucrados el Gral. Líber Seregnilanzó la propuesta de una concertación para acordar las políticas que llevaría adelante el próximo gobierno democrático. El 4 de setiembre de 1984 se concretó la Concertación Nacional Programática (CONAPRO), lo que supuso un acuerdo pluripartidario nacido luego de meses de reuniones en grupos de trabajo. El 16 de noviembre de 1984 los candidatos a la presidencia y vicepresidencia de los partidos habilitados firmaron un acuerdo sobre los asuntos que hacían a la restitución de la democracia
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