Luciano Costabel *
Ilustración: Julio Castillo
En Uruguay, unos 980 mil personas figuran en el Clearing de Informes como morosos y más del 60 por ciento son categorizados como irrecuperables por el Banco Central. Pese a los límites establecidos por ley en 2007, las tasas de interés pasibles de ser cobradas por prestamistas de créditos de consumo no han parado de crecer. De igual manera, ello no ha impedido que varias firmas superen los topes y cobren montos aún mayores a los definidos.
Unas 2.800.000 personas se encuentran ingresadas en el Clearing de Informes. De ellas, un 35 por ciento (alrededor de 980 mil) figura con incumplimientos en el pago de sus créditos contraídos y el registro de nuevos incumplimientos alcanza las 100 mil personas por año. Estos datos, de por sí preocupantes, requieren de un agregado: pese a que por año se registran 100 mil nuevos ingresos en esa categoría, la cifra total se mantiene más o menos incambiada. Esto se debe a que, a la vez que una gran cantidad ingresa, un número similar de personas es eliminado del registro, sea porque cancelaron sus deudas -en el mejor de los casos- o porque venció el plazo de permanencia.
Según explicó Santiago Parodi, gerente general de Equifax Uruguay SA (propietaria del Clearing de Informes y subsidiaria en nuestro país de la firma estadounidense con el mismo nombre) en el Parlamento, una persona puede figurar en el Clearing como máximo por 10 años y luego de ese período es eliminada de la base de datos, aunque todavía sea morosa. Dicho de otra forma, por año decenas de miles de uruguayos pasan a engrosar la categoría de deudores con incumplimientos del Clearing, mientras que una cifra, no determinada, sale de ese registro sin haber resuelto su situación crediticia luego de una década. Esa no es la peor situación.
Los uruguayos toman créditos para consumo de diversas fuentes y muchos de ellos luego no pueden pagarlo. Menos de la mitad –40 por ciento– de las operaciones del Clearing vienen del mercado de crédito regulado. Allí se incluye la banca pública y privada, las empresas administradoras de crédito, las financieras no bancarias y las cooperativas de crédito, firmas que en general reportan sus actividades a la Central de Riesgos del Banco Central del Uruguay (BCU).
Según los datos presentados en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado por la principal autoridad bancocentralista, el presidente, Diego Labat existían en la Central de Riesgo más de 632 mil clientes categorizados como deudores irrecuperables y con clara evidencia de incobrabilidad (categoría 5). «Estas son personas físicas con una antigüedad de menos de 15 años, porque cuando [la antigüedad] es mayor, dejan de estar en la central. Quiere decir que hay más clientes que de alguna manera estuvieron en esta situación, pero públicamente no están más», sostuvo Labat.
La ruleta
Las instituciones prestan y lo hacen en cantidad. En el mercado de créditos a las familias, el volumen rondó los 8.000 millones de dólares en marzo del año pasado, y más de la mitad –unos 4.700 millones de dólares– correspondió a créditos al consumo sin un fin específico, según las cifras de la consultora Exante. El universo de clientes, que involucra a más de 2 millones de personas, es muy heterogéneo, pero, si nos centramos en aquellos que acceden a un crédito y luego no pueden pagarlo, la categorización cambia un poco. «Cuando pensamos en la pirámide de distribución del nivel socioeconómico o de ingresos, advertimos que son hasta siete eslabones los que comprende. A medida que se va bajando en el nivel socioeconómico, se va ensanchando la base», sostuvo Parodi en el Parlamento respecto a quienes se encuentran dentro de la categorización de deudores con incumplimientos en los pagos del Clearing.
Con relación a ese mismo punto, el informe elaborado en abril del año pasado por la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU) ofrece un mayor nivel de detalle sobre la relación del consumo respecto a los ingresos, en los diferentes quintiles. Con base en la última encuesta financiera de hogares del Instituto Nacional de Estadística, de 2017, se establece que el primer quintil de ingresos (el 20 por ciento de la población que recibe menos recursos) tiene un consumo que supera la totalidad de sus ingresos mensuales en promedio.
Eso quiere decir que ese año «un grupo de más de 600 mil personas no tenía recursos para afrontar su gasto mensual y requería algún tipo de financiamiento», detalla el informe. Con ese antecedente, se entiende que una familia que no llega a cubrir con sus ingresos su consumo mensual difícilmente pueda hacer frente a las cuotas de un crédito. De allí se podría explicar buena parte de los créditos a las familias que se encuentran vencidos en la actualidad: 3,1 por ciento en los bancos públicos, 5 por ciento en los privados y 17,3 por ciento en las entidades financieras no bancarias. Las empresas que participan del mercado de crédito regulado tienen, o deberían tener, un mayor control sobre los préstamos que otorgan, en comparación con lo que sucede en el mercado de crédito no tradicional. Resultaría lógico pensar, entonces, que no se le prestaría dinero a un cliente si la empresa previamente constata que ese mismo cliente fue considerado deudor incobrable por otra institución prestamista.
Sin embargo, el propio Labat dijo ante los parlamentarios que, de los clientes categorizados como irrecuperables, más de 235 mil mantienen deudas con más de una institución. Y, al menos en alguna de ellas, son calificados como deudores con capacidad de pago comprometida (categoría 3). «¿Qué se puede deducir de eso? Que pertenecen a la categoría 5, pero igual les están dando crédito en otra institución, porque nuestra norma prevé que si una persona es categoría 5 para una institución, las demás la tienen que poner [como mínimo] en categoría 3. Ese sí es un síntoma de que, a pesar de estar dentro de la categoría 5, igual les están otorgando un crédito», afirmó Labat. En esos casos, las empresas fijan el interés a cobrar dependiendo de cuán riesgosa resulte la devolución del crédito. De ese modo, trasladan el riesgo a la tasa de interés. Además, amortizan parte de ese riesgo en préstamos más seguros.
Desajustado
Para entender el mecanismo por el cual se fijan las tasas utilizadas para fijar los intereses a cobrar en los prestamos es necesario remontarse a la ley de regulación de las operaciones de crédito, de 2007. Esa norma estableció los topes máximos de interés que los prestamistas podrán cobrar. Estos se determinan con base en una tasa media de interés, elaborada a partir de las tasas que cobran las distintas instituciones de intermediación financiera. A esa tasa –que publica el BCU– se le puede sumar un porcentaje de interés adicional, que varía dependiendo del valor del crédito, la forma de pago y su plazo (pero siempre sujeto al tope establecido).
Así, se dispuso que para los créditos menores a 2 millones de unidades indexadas (UI) el tope de interés sería de un 55 por ciento por encima de la tasa media del BCU. Para los casos en que se configuraran moras, el tope se estableció en 80 por ciento. Los intereses que superaran dichos máximos serían considerados «usurarios». Pero, si bien la ley fue clara en cuanto a los topes máximos de intereses que podían ser cobrados, dejó un espacio para que, de forma indirecta, estos siguieran aumentando. Es decir, dado que la base para la fijación era la tasa media que calculaba el BCU, si esta aumentaba, también lo harían las otras. Y eso es lo que ha sucedido desde 2008 hasta ahora.
Según los datos publicados por el BCU, las tasas medias de interés para préstamos al consumo que sean menores a 10 mil UI –unos 58 mil pesos a la fecha– y que tengan un plazo menor de un año sin posibilidad de que se retenga directamente el sueldo se ubicarán en el 74 por ciento a partir del primero de octubre de este año. En 2008 esas tasas eran de 40 por ciento. Es decir, si en el primer año de aplicada la ley una familia solicitaba un préstamo por 50 mil pesos, a devolver en un año, pagaba 20 mil pesos por concepto de intereses. En cambio, si lo hacía en octubre del año pasado, para cuando lo termine de pagar, habrá abonado 37 mil pesos en intereses. Ello sucederá siempre que el préstamo no incluya el porcentaje adicional que habilita la ley. En tal caso, podría terminar pagando hasta 57 mil pesos solo por intereses, que se transformarían en más de 66 mil si se atrasa en el pago.1 Pero no termina aquí. Según el contrato, los intereses pueden ser capitalizables, por lo cual, si se vencen y no fueron abonados, generan a su vez nuevos intereses.
Se retroalimenta
En la fórmula del cálculo para la tasa media de interés radica el otro punto cuestionable de este mecanismo. La tasa media es elaborada a partir de un cálculo que toma como referencia los créditos concedidos por las instituciones de intermediación financiera (los bancos, principalmente). Sin embargo, en los últimos años, los bancos privados comenzaron a incluir en sus balances los negocios de crédito de otras financieras, ya sea porque adquirieron las carteras de esas operaciones o porque directamente compraron las firmas administradoras de créditos. En 2011, la firma Pronto! pasó a ser propiedad del Scotiabank y Creditel del banco Santander; cuatro años más tarde, este último adquirió, además, Crédito de la Casa.
Esos movimientos no eran secretos. Tanto en años anteriores como ahora el cálculo de las tasas medias se hizo tomando como base «la información que brindan los bancos, de las operaciones de los bancos y de las operaciones que les compran a otras financieras», según explicó en el parlamento el propio Labat. Al considerar que las tasas de interés que cobran las financieras son mayores a las medias que publica el BCU, es razonable interpretar que desde hace años el sistema de ajuste de tasa funciona como un círculo que se retroalimenta constantemente para su propio beneficio: las tasas medias suben porque las de las financieras son mayores; al aumentar las tasas medias, se ajusta nuevamente el máximo que las financieras pueden cobrar, lo que de nuevo afecta a las tasas medias. Y así sucesivamente.
Ese criterio de ajuste fue identificado como problemático por las actuales autoridades del BCU, al punto de que en la propia interna no genera consenso. Según sostuvo Labat en el Parlamento, hay «cierta discusión» en cuanto a cómo se debe interpretar esa norma y si se deberían incluir las operaciones de las financieras o no, ya que lo pretendido era que la tasa de referencia sea la aplicada por las instituciones de intermediación financiera en sus operaciones originarias y excluir todas las otras operaciones de crédito de empresas financieras que no son de intermediación. Agregó, en ese sentido, que la opinión del área jurídica del banco es que no se deberían incluir. Por tal motivo, sostuvo que el mecanismo está en revisión y es posible que se resuelva dejarlo sin efecto.
En tanto, los representantes de los bancos privados defendieron que se incorporen en el cálculo de la tasa media los cobrados por otras instituciones, al entender que reflejan la «realidad» de lo que pasa en el mercado. Además, vaticinaron que, de bajar las tasas máximas, se dejarían de ofrecer determinados créditos y ello repercutiría en que parte de la población se trasladase al mercado informal de préstamos.
Actualmente se encuentran a discusión varios proyectos que buscan abordar el problema de los deudores incobrables y la forma en que se fijan las tasas de interés que luego son cobradas en los créditos. El problema que atraviesa a miles de uruguayos, ameritará hacer un seguimiento de los avances al respecto.
Arriba del límite
El aumento sostenido de las tasas de interés no ha impedido que varias empresas vayan más allá de lo estipulado. El pasado 29 de marzo, por ejemplo, la administradora de Crédito Pass Card SA fue multada por el BCU por unos 57 mil pesos debido a que se comprobó que, para algunos de sus clientes, la firma aplicaba la tasa de interés máxima que se establece para créditos con plazos mayores a 367 días, independientemente del plazo del crédito que hubieran tomado. Por esta y otras irregularidades, la firma debió devolver más de 2.8 millones de pesos, según figura en una de las resoluciones de la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU.
No fue la primera vez que Crédito Pass Card SA se apartó de la normativa. En 2022 ya había sido apercibida por pactar con un cliente una tasa de interés implícita de mora –que incluye, además de la tasa cobrada por el préstamo, un porcentaje por comisiones, seguros y gastos de administración y envío– fuera de los límites previstos. Dado que la firma había devuelto la totalidad de los intereses y no registraba antecedentes -hasta ese momento-, se resolvió no aplicarle una multa económica.
Pero nada de esto es comparable con las multas aplicadas en 2021, cuando la autoridad monetaria multó a cinco firmas por unos 12 millones de pesos, luego de detectar excesos en las tasas de interés en créditos otorgados en años anteriores. En esa oportunidad, las administradoras de crédito sancionadas fueron la Federación Uruguaya de Cooperativas de Ahorro y Crédito (FUCAC), Pronto!, la Asociación Nacional de Afiliados (ANDA), Crédito de la Casa e Italmundo.
La sanción más importante aplicada por el BCU, por unos 9,5 millones de pesos, se concretó luego de un proceso que llevó varios años. En el lejano 2016, la institución llevó adelante un control de las tasas de interés implícitas de las transacciones de préstamos en efectivo y de tarjetas de crédito otorgadas por la firma FUCAC entre abril de 2012 y marzo de 2013. De dicho control surgió que en ocho de cada diez operaciones se habían aplicado tasas de interés mayores al tope establecido por ley. Asimismo, en tres de cada diez operaciones la tasa de mora también era superior al máximo permitido.
Por ese entonces, como consecuencia, se instó a FUCAC a verificar todas las tasas que había aplicado en los créditos otorgados hasta 2016 y a que devolviera los montos correspondientes en los casos que constatase intereses por encima de los máximos permitidos. La firma presentó un recurso de nulidad contra la resolución y no fue hasta 2020 que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo se expidió, desestimando dicha demanda. Luego de la contratación de una firma de auditoría externa para determinar los importes a devolver, a principios del año pasado, FUCAC informó que aún le restaban por devolver casi 9 millones de pesos por intereses cobrados en exceso.
Una vuelta de tuerca para cobrar intereses por encima del tope máximo permitido fue descubierta por la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del BCU en la evaluación de 2019 a la empresa Bautzen SA, conocida popularmente como Pronto!, que funciona junto con la empresa KEDAL SA. Allí se constataron dos mecanismos aplicados en paralelo: por un lado, hubo casos en los que, para el cálculo de los intereses, se tomaron como base de cuenta 360 días anuales, en lugar de 365, lo que determinó que la tasa aplicada en las operaciones sea «levemente superior» a la nominal informada. Adicionalmente, en el cálculo de la prima de seguro de los créditos –uno de los componentes de las tasas implícitas– no se consideró la amortización –o pago– del capital con el paso del tiempo. Ello derivó, de nuevo, en que las tasas de interés fueran superiores al máximo admitido por ley. A mediados de 2020, una de las empresas propietarias de Pronto! informó a la SSF que aún estaban pendientes de devolución 2 millones de pesos, de un total de 55 millones que habían sido cobrados aplicando intereses mayores al máximo permitido. La sanción resuelta por la unidad competente fue igual al monto pendiente de devolución.
* Luciano Costabel es Periodista en Semanario Brecha.
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