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  • Manuel Ezequiel Fernandéz Farnocchia*

Cambiemos y la recontractualización: hipótesis sobre un nuevo contrato social en Argentina


Ilustración: "Los infames", Nicolás Menza.

Argentina vivió, a partir del regreso de la democracia en 1983, un contrato de pos dictadura [1]. Meta-relato que configuró acuerdos implícitos y explícitos respecto a la forma de vinculación y expectativa entre los sujetos, el Estado y el mercado. En última instancia, conformó los contornos culturales de las diferentes comunidades, entregando sentido a sus prácticas sociales: las acciones colectivas, las expectativas y los discursos en mayor o menor medida se articularon a su alrededor; el trauma de la dictadura, en términos de derechos humanos y transformación económica, sirvieron en tanto espejo y laberinto. Dicho contrato, el actual gobierno de Cambiemos pretende ya no generar modificaciones sino, y he aquí nuestra hipótesis, un nuevo contrato o recontractualización. Esta situación de cambio contractual reflejaría una crisis paradigmática, en tanto los conceptos e ideas-fuerza que emergieron y se construyeron durante la modernidad.

Dicho de otra manera, lo que entiende el actual gobierno argentino ya es no generar alteraciones en dicho contrato sino una recontractualización a partir de modificar el régimen general de valores sociales que, de manera ficticia o no, constituyó la obligación política y los criterios sobre los cuales se debía relacionar el sujeto con la política, el Estado y el mercado. Ahora bien, este proceso de recontractualización parece verse favorecido en un contexto de creciente fragmentación social, múltiples apartheids y la polarización en torno a ejes económicos, sociales, políticos y culturales, facilitando una trayectoria gubernamental que conllevan al riesgo de la emergencia del fascismo societal [2]. Para responder a dicha hipótesis, en eleste primer apartado intentaremos exponer algunas ideas y conceptos para luego pasar rápidamente a una lectura sobre la Argentina a partir de 1983 hasta 2015; la cual denominaremos como etapa pos dictadura y que contuvo un tipo de contrato social específico, pero no constante. En un tercer apartado, analizaremos lo que entendemos es el fundamento de Cambiemos para una recontractualización social: el eje, el trabajo. Por último, ya en las conclusiones, expondremos las líneas finales del análisis.

Elementos conceptuales

En Reinventar la democracia. Reinventar el Estado (2004), de Sousa Santos define al contrato social como el meta-relato sobre el que se asienta la moderna obligación política. Contrato que no está ajeno a las tensiones internas como consecuencia del proceso dialéctico entre regulación social y emancipación social, entre interés particular y bien común. Según detalla nuestro autor, este contrato social se basa en unos criterios de inclusión a los que, por lógica, se corresponden unos criterios de exclusión, cuyo papel es el de dar fundamento y legitimidad a las interacciones económicas, políticas, sociales y culturales. Es por ello que la lógica operativa del contrato se encuentra en permanente tensión con su lógica de legitimación: “en cada corte sincrónico, la contractualización es al mismo tiempo abarcadora y rígida; diacrónicamente, es el terreno de una lucha por la definición de los criterios y términos de la inclusión/exclusión, lucha cuyos resultados van modificando los términos del contrato” (Ibid., p 295).

Ahora bien, las tensiones y antinomias del proceso de contractualización social no se resuelven por vía contractual, sino por medio de tres elementos: en primer lugar, un régimen de valores, sobre el que se asientan los principios agregadores de sociabilidad; en segundo lugar, un sistema común de medidas, que funciona homogeneizando y neutralizando las diferencias relevantes; y, por último, un espacio-tiempo privilegiado, que es el espacio-tiempo estatal nacional [3]. En definitiva, el contrato social constituye el paradigma socio-político que produce cuatro bienes públicos: legitimidad de los gobiernos, bienestar social y económico, seguridad e identidad colectiva. De esta prosecución contradictoria de los bienes públicos, resultan tres instituciones que son la sociabilización de la economía, la politización del Estado [4] y la nacionalización de la identidad.

Si bien excede a la propuesta para este ensayo, aclaramos que el potencial resultado de este proceso será la configuración de la cuestión social capitalista [5]: el Estado de bienestar o desarrollista representará la estabilización de la regulación. Pero como sostiene de Sousa Santos, en la periferia la contractualización tendió a ser más limitada y precaria: “los compromisos no fueron sino momentos evanescentes a medio camino entre los pre compromisos y los pos compromisos” (Ibid., p 301).

Emergencia del contrato pos dictadura en Argentina

El año 1983 reflejó conceptualmente dos cuestiones: la vuelta potenciada de la movilización popular tras la derrota en Malvinas y la necesidad de articular definitivamente la democracia como única forma de vida social. La síntesis de ello fue que la derrota de la democracia funcionó como punto de partida de la democracia y la emergencia de un contrato social que reflejó una serie de criterios que en Argentina ordenaron los procesos de sociabilidad durante cuatro décadas. La gestión interna del contrato puede sistematizarse en lo que el imaginario político pretendió hegemonizar durante tres momentos gubernamentales disímiles. Si la lógica operativa del contrato está en constante tensión con su lógica de legitimidad, durante el período alfonsinista (1983-1989), se buscó definir a la democracia liberal, en tanto sistema de medidas reguladoras, y la centralidad del Estado como elemento aglutinador de las expectativas colectivas. Dicho de otra manera, democracia y estado, debían ser los reguladores de las prácticas sociales. En tanto que la década menemista (1989-1999), y su continuación con De La Rúa (1999-2001), pretendió reorganizar los criterios contractuales, no a partir de su recontractualización, sino mediante la gestión de sus principios reguladores y los bienes que este debe generar. Mientras en la década de los ´80 la consigna central era la democracia, en los ´90 las consignas neoliberales respecto al papel del Estado y la reorganización de la economía estructuraron las nuevas formas de reproducción social.

En este período (1983-2001) de contrato se reforzó el bipartidismo asumido por el Partido Justicialista y la Unión Cívica Radical, transformándose en partidos de estado. De esta forma, los pesos y contrapesos propios de la tradición liberal quedaron en manos de los partidos [6]. Las variaciones dentro del contrato, con sus criterios de inclusión/exclusión, sumadas a la organización económica, política y cultural de las sociedades neoliberales, atravesaron una gran turbulencia que afectó, ya no sólo a sus dispositivos operativos, sino que también a los presupuestos culturales de la sociedad argentina. Las sociedades incurren en paradojas irresolubles que, a su vez, terminan en callejones sin salidas y la propuesta neoliberal quedo agotada tras los estallidos sociales y de 2001 y 2002.

A partir del 2003, cambió la faz y la cartografía social, se tendió al fortalecimiento de los aspectos claves del contrato. Este fue uno de los aspectos fundamentales de los gobiernos kirchneristas (2003-2015), la relectura del contrato de pos dictadura: los aspectos centrales de las funciones del Estado y el tipo de sujeto fueron entendidos como los elementos fundadores del meta-relato contractual [7], la emergencia de la idea de que la última dictadura cívico militar y el estallido popular del 2001 marcaban los hitos de la tragedia nacional sobre los cuales debían reconstruir los elementos centrales del contrato. Democracia y Estado fueron nuevamente los elementos reguladores de las relaciones productivas en el marco de un capitalismo pos neoliberal.

En este período coincidieron distintos elementos que buscaron remasterizar el contrato de pos dictadura: en cuanto al binario inclusión/exclusión, los procesos de democratización tendieron a la ampliación del primer elemento; la orientación de un tipo de gubernamentalidad que pretendió tener soberanía sobre los procedimientos operativos de los que nos habla de Sousa Santos; y por último, una reinterpretación del régimen de valores (poniendo la idea de bien común y lo colectivo en el centro de la escena), un sistema común de medidas (principio de soberanía popular) y un tiempo-espacio nuevamente privilegiado (la nación y el estado como elementos de cohesión social).

Observamos las mutaciones del contrato social. Observamos que desde 1983 y 2015, el este naufragó por diferentes proyectos políticos y momentos históricos. Pero si los contratos sociales pueden ser entendidos como una combinación de acuerdos implícitos y explícitos que definen y determinan lo que cada grupo social aporta al Estado y lo que se recibe de él [8]; los cambios observados también responden a cambios en la sociedad. Sin embargo, el proceso de emergencia de algunas prácticas sociales puede encontrar fundamentos para legitimar una recontractualización: los procesos democráticos pueden dar fuerza a proyectos políticos que tienen, en última instancia, poco de democráticos, en tanto proyecto inconcluso de ampliación de derechos y espacios de participación ciudadana-popular. Las crisis se encuentran en aquellos cambios intensos, tan apreciables, que posibilitan nuevas formas de cohesión: ese sería el fundamento final del proceso de recontractualización.

Cambio de paradigma y elementos para la recontractualización

Entendemos que no es con el triunfo electoral de Cambiemos que emergen situaciones sociales y políticas que permiten un proceso de crisis paradigmática. Es decir, de los fundamentos culturales y políticos sobre los que se fundó el meta-relato de la joven democracia argentina. Por el contrario, son la crisis contractual y las consecuencias irreversibles de las prácticas neoliberales las que permiten este momento histórico. Por ejemplo, la idea de volver al mundo pronunciada por Mauricio Macri y sus funcionarios buscando “igualar” los mecanismos y fundamentos de la actual obligación política con el resto del mundo dando un giro conservador y de regreso al origen ideológico del liberalismo evidencia su intento de modificar los mecanismos de la obligación política. Esto implica, en cierta medida, conformar un nuevo momento constituyente. Esto es un golpe de status quo.

Generar una recontractualziación implicaría modificar los mecanismos de inclusión y de exclusión. Sostiene de Sousa Santos, que “esta nueva contractualización poco tiene que ver con la idea moderna de contrato social” (Ibid., p 305). Primero porque se trataría de una contractualización liberal individualista, basada en la idea del contrato civil celebrado entre individuos dejando de lado la idea de contrato como agregación colectiva de intereses sociales divergentes. En este contexto, el Estado debe volver a su mínima intervención: su papel ya no será regular sino asegurar el cumplimiento del mismo. En segundo lugar, este nuevo contrato no cuenta con estabilidad y pasa tener un carácter trivial. Por último, la contractualización liberal ya no reconoce la lucha y el conflicto como elementos estructurantes del contrato.

Ahora bien, este nuevo contrato tiene una apariencia engañosa: el compromiso está basado de hecho en las condiciones impuestas sin discusión a la parte más débil. Por ejemplo, estos mecanismos pueden observarse en las reformas que el gobierno argentino ha impulsado en materia previsional, laboral e impositiva, las cuales tienden a debilitar significativamente la protección colectiva frente a los poderes fácticos: sería así que los dispositivos operativos del contrato cambian. Como hemos argumentado más arriba, modificar estos elementos implicaría modificar todo el marco de entendimiento y relación entre los sujetos, el Estado y el mercado. Santos explica que “las transformaciones en cada uno de estos dispositivos son distintas, pero todas, directa o indirectamente, vienen provocadas por lo que podemos denominar consenso liberal” (Ibid., p 308).

Lo cierto es que el macrismo planteó una serie de metas tales como la reforma laboral, la despolitización de la movilización colectiva o la construcción de nuevos dispositivos gubernamentales que apuntan a dos ideas marcos: la revolución cultural y el regreso de Argentina al mundo [9]. Esto implicaría profundizar la crisis de la contractualización moderna en la que predominan, estructuralmente, los procesos de exclusión en pos de una nueva contractualización. Esto se explica en la medida en que la extensión del trabajo fue, durante el siglo XX, la vía de acceso a la ciudadanía: los derechos políticos y laborales resultaron ser un horizonte de inclusión que hoy se ven afectados por la potencial normatividad propuesta. La creciente erosión de estos derechos políticos y laborales, combinada con el aumento del desempleo estructural, lleva a la ciudadanía de transitar desde el status de sujetos de derechos a una condición de sujetos precarios. Esta precariedad se puede dar hoy por dos vías: el poscontractualismo y el precontractualismo. El primero refiere, a los procesos mediante el cual grupos sociales hasta ahora incluidos en los procesos contractuales quedan excluidos [10]. En este sentido, los derechos antes considerados inalienables son confiscados. Respecto al segundo proceso, consistiría en impedir el acceso a la ciudadanía a grupos sociales anteriormente considerados candidatos a la ciudadanía [11]. Tanto el poscontractualismo como el precontractualismo emergen de las profundas transformaciones que vienen atravesando los dos dispositivos operativos del contrato referido: la politización del Estado y la sociabilización de la economía. Si bien las transformaciones en estos dispositivos son diferentes, ambas son consecuencias del deterioro generado por el consenso neoliberal.

En lo a que a estos presupuestos refiere, el régimen general de valores no parece poder resistir “la creciente fragmentación de una sociedad que parece divida en múltiples apartheids y polarizada” (de Sousa Santos, 2004) que ha puesto en escena las políticas neoliberales. El Estado pierde la centralidad y el derecho oficial se desorganiza al coexistir con un derecho no oficial dictado por múltiples “agentes legisladores” que, gracias a su poder económico, “acaban transformando lo factitivo en norma”. Es ahí donde ciertos valores (como justicia, libertad, autonomía, solidaridad…) y los antagonismos que entre ellos existía vienen a simbolizar otras cosas tan dispares que son neutralizados.

Es en este contexto, se entiende que la crisis de paradigma resulta patente en los dispositivos funcionales. Al respecto hasta ahora tenemos los efectos de los acuerdos colectivos sobre discusión salarial entre patronales y trabajadores, sindicatos y gremios [12]. Por otro lado, esta recontractualización no reconoce el conflicto y la lucha social como elementos estructurales del contrato, esto se ve en el tratamiento con que el gobierno ha manejado el conflicto con los sectores educativos. No reconocer a la movilización y la acción colectiva como mecanismos legales de defensa o reclamo se puede visualizar en lo sucedido durante las manifestaciones: la acción colectiva parece perder efectos en tanto elemento de negociación.

Esto tiene un objetivo concreto en el marco de la recontractualización. Como sostiene Grimson, con desmoralizar y erosionar el activismo de la lucha trabajadora se busca reforzar la “batalla cultural” con el fin de estigmatizar la acción colectiva como instrumento. Por ende, “las estabilizaciones de planes económicos y políticos similares al actual requieren de derrotas sociales que desmoralicen al activismo, que aíslen a las organizaciones, que erosionen la idea de que existen alternativas” [13].

Algunas conclusiones

La crisis del contrato de pos dictadura se vio reflejada más en las desafecciones sociales, en la emergencia de exposiciones públicas y las diversas formas de precariedad. Para bien o para mal, de manera ficticia o no, la impugnación por parte de Cambiemos de una forma de democracia y de Estado implican problematizar, no sólo los valores y criterios sobre los cuales éste emergió, sino también sobre los cuales giraron las discusiones. Estas constelaciones, hoy, buscan una modificación de raíz.

Quedan elementos para rastrear. Esa es la prudencia e impotencia de estudiar hechos sociales y tratar de entender los sucesos presentes en alguna clave. Resulta difícil imaginar salidas a la creciente exclusión que marca el presente momento neoliberal. Juan Carlos Monedero afirma que el neoliberalismo solventa sus fracasos insistiendo en sus postulados. Esos postulados hoy, no sólo han mutado de vestimentas (no hablamos de flexibilización sino de esfuerzo; no hablamos de defesan a los trabajadores sino de mafias laborales; no hablamos de historia política sino de historia natural…) acaso que esas vestimentas, a su vez, han sido adoptadas por una mayoría al parecer despreocupada.

Por último, queda analizar al menos dos cuestiones. En términos políticos, observar si la idea de Marx de que la historia se repite dos veces (la primera como tragedia y la segunda como farsa) se cumple o no. En términos analíticos, deberíamos observar si se cumple el proceso de recontractualización a partir del paradigma que Cambiemos incorpora. A priori el concepto permite recorrer un camino para preguntarse sobre el cambio de modelo económico-cultural y por las razones estructurales del vaciamiento democrático que, a nuestro entender, son lo que en términos globales vienen sucediendo y en el caso de Argentina es lo que posibilita la emergencia de la coalición gobernante (cuya hegemonía interna mantiene el PRO). El aporte que realiza Boaventura de Sousa Santos en este sentido es más que pertinente y procura matizar sobre los contornos grises del mundo actual. En el fondo no dejamos de recordar aquella frase del viejo Marx, aquella que nos enseñaba que el capitalismo sale de cada crisis económica con menos recursos para solventar la siguiente: quizás ahí se encuentre la clave para entender el recrudecimiento y la necesidad que tiene el capital por modificar los rasgos fundamentales de Estado, democracia y solidaridad.

 

* Manuel Ezequiel Fernández Farnocchia es politólogo (UNLaM) con pos grado en democracia y pos politica (CLACSO).

Notas y bibliografía citada

[1] Sostiene Juan Carlos Monedero que el prefijo “post” solemos usarlo en las ciencias sociales a partir de tres situaciones. En primer lugar, se suele utilizar por razones de prudencia, esto es cuando un hecho tiene borrosos sus contornos y anuncia novedades sin perder del todo su esencia original. En segundo lugar, puede ser utilizado con ánimos ideológicos, y esto implicaría buscar correr el punto de atención sobre un hecho con el fin de rebajar los efectos de un conflicto a partir de explicar que los efectos son inevitables o, por el contrario, cuando se pretende dejar en claro que algo se perdió y debe ser reconquistado para el bien de la colectividad. En nuestro caso, dado el contexto y el peligro de estudiar los hechos sociales mientras suceden, lo señalado responde a una impotencia. Este se utiliza “cuando se carece de la capacidad para identificar si lo viejo se ha marchado y lo nuevo ha llegado, algo relacionado con la turbulencia de la época y la dificultad del análisis para llegar al núcleo de lo que se quiere definir o para proponer alternativas”. En ¿Posdemocracia? Frente al pesimismo de la nostalgia, el optimismo de la desobediencia en Revista Nueva Sociedad N°240, julio-agosto 2012.

[2] B. de Sousa Santos: El milenio huérfano. Ensayos para una nueva cultura política. Trotta, Madrid, 2004.

[3] Un ejemplo del sistema común de medidas es la perspectiva y escala aplicadas al principio de la soberanía popular permiten la democracia representativa: a un número X de habitantes corresponde un número de Y de representantes.

[4] Sostiene B. de Sousa Santos que la “centralidad del Estado en la sociabilización de la economía influyo decididamente en la configuración de la segunda constelación: la politización del Estado, proceso asentado sobre el desarrollo de su capacidad reguladora.”

[5] Ver Robert Castel, “La metamorfosis de la cuestión social”; Pierre Rosanvallon, “La nueva cuestión social: repensar el Estado providencia”; Richard Sennett, “La corrosión del carácter”.

[6] Richard Katz y Peter Mair: “The Cartel Party Thesis: A Restatement” en Perspectives on Politics vol. 7 N°4, 2009.

[7] Pedro A. Martinez Lillo y Joaquin Estefanía (coods.): “América Latina: un nuevo contrato social”, Madrid, 2016.

[8] Ahora bien, respecto al espacio-tiempo privilegiado, sostiene de Sousa Santos que la economía alcanza su máximo nivel de agregación, integración y gestión en el espacio-tiempo nacional y estatal que es también el ámbito en el que las familias organizan su vida y establecen el horizonte de sus expectativas, o de la falta de las mismas.

[9] https://www.pagina12.com.ar/17987-el-aumento-salarial-una-decision-puramente-privada / https://www.pagina12.com.ar/76979-la-grasa-laburante

[10] http://www.revistaanfibia.com/ensayo/el-caracter-social/

[11] http://panamarevista.com/el-gobierno-declara-su-propia-emergencia-social/

[12] http://www.revistaanfibia.com/ensayo/ajuste-politico-y-batalla-cultural/

[13] http://www.marcha.org.ar/volver-al-mundo-y-los-obstaculos-hacia-una-nueva-hegemonia/

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